1. Las donaciones que se realicen serán recibidas directamente por el Club deportivo Eco Fútbol Club, con reconocimiento deportivo otorgado por la secretaria del deporte de Cali y con domicilio en la ciudad de Guadalajara de Buga, en la calle 6ª sur #°18-07.
2. Plan de Apadrinamiento: consiste en una donación mensual que se debitará de la tarjeta de crédito mes a mes hasta que la misma sea cancelada.
Esta irá dirigida a un solo deportista, el cual tendrá beneficios especiales dependiendo de las diferentes necesidades que presente. Los padrinos recibirán noticias de sus deportistas apadrinados en cuanto a su rendimiento y especialmente en los casos de éxito, cuando logren ubicarse en equipos profesionales. Cuando un jugador salga del club el padrino automáticamente pasará a apadrinar un nuevo jugador, siendo notificado de su nueva estrella en formación. Un jugador podrá tener varios padrinos.
3. Ciclo de facturación: Los cargos del plan de apadrinamiento, se cobrará mensual en el día calendario que se inició la suscripción. En ciertos casos, su fecha de pago podría cambiar, por ejemplo, si su forma de pago no se estableció satisfactoriamente o si su plan comenzó un día que no está incluido en un determinado mes, caso en el cual se correrá al último día del mes.
4. Facturación: Eco Fútbol Club emitirá la factura correspondiente vía correo electrónico siguiendo la normatividad y regulación de facturación que aplique.
5. Forma única de pago: Pago online recurrente con tarjeta de crédito. Una vez el Cliente elija realizar el pago vía electrónica de manera automática y recurrente, deberá hacer el debido registro de la tarjeta de crédito. Los cobros serán realizados de manera automática por parte del proveedor PAYU. Aplica para todos los períodos de pago.
6. Cancelación: Podrá cancelar su donación del pan de apadrinamiento en cualquier momento, para esto deberá enviar un correo electrónico a presidencia@ecofutboclub.com solicitando la finalización de sus donaciones.
7. Ley vigente: Estos Términos de uso se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes de la República de Colombia.
8. Ausencia de Relación Laboral: Las partes dejan expresa constancia de que el presente acuerdo por su naturaleza de donación y por no existir subordinación y dependencia entre ellas, no constituye vínculo laboral en las relaciones entre las partes, ni entre ellas con el personal que se vincule en desarrollo o ejecución del presente Acuerdo.